¡El desastre que se avecina!

Vía Aviación Digital

Simón Antonio Rance Hayes(ATC)

Como todo quisque ya conoce, en fechas recientes Eurocontrol ha publicado su informe anual sobre las prestaciones del sistema de navegación aerea europeo correspondiente al año 2010 conocido como PRR, Performance Review Report. Y como todo quisque ya esperaba, Aena no ha tardado en arrimar el ascua a su sardina para echarle las culpas a los de siempre de lo malo.

El lector ya sabe a quién. Para ponerse medallas que, en realidad, sabe que no le corresponden en el caso de lo bueno, suponiendo que haya algo bueno. O bien, para interpretar la realidad a su antojo. Que es lo que mejor sabe hacer. Pero a estas alturas ya estamos curados de espanto. Y hasta nos hace gracia porque ya raya en el ridículo.

De entre los datos malos malísimos destacan los 47 incidentes de “tipo A” (cuasi colisión, para los no entendidos) y los 95 incidentes de “tipo B” (seguridad no garantizada, para los mismos) que han tenido lugar en nuestro cielo a lo largo de 2010. Un alarmante incremento en comparación con el año 2009, a pesar de los triunfantes datos aportados por el Sr. Lema en una reciente comparecencia.

¿A qué se deben tan nefastos y alarmantes datos? La pregunta es retórica, por supuesto. Porque como también todos saben -salvo que se viva en Marte-, el 5 de febrero de 2010 fue publicado el famoso “decretazo”. Ese que echaba por tierra los logros conseguidos durante años en nuestra negociación con la empresa y el mismo que nos convertía en trabajadores privilegiados a decir del privilegiado ministro que nunca ha trabajado. Ese decreto que se cargaba de un plumazo el futuro de la navegación aérea en España -como ya se está comprobando-. Ese que “devolvía” la gestión operativa a Aena -esa que es esencial para conseguir la necesaria fluidez y seguridad-, “quitándosela” a los controladores y cediéndosela a los burócratas de Aena, la mayoría de ellos controladores aéreos renegados -como si vigilar estrechamente las meteduras de pata de estos últimos y exigirles que hicieran bien el trabajo para el que no estaban ni están preparados fuera plato de gusto-. A la vista está lo que pasa cuando les dejamos a ellos solitos. Continue reading »

II Convenio Colectivo Profesional

Hoy se ha hecho público el resultado ddel procedimiento arbitral por el que queda establecido el II Convenio Colectivo Profesional entre la Entidad Publica Empresarial Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea (Aena) y el Colectivo de Controladores de Tránsito Aéreo.

Podéis descargarlo en este enlace.

Laudo Arbitral

En Córdoba, a veintisiete de febrero de 2011, MANUEL PIMENTEL SILES, actuando en su calidad de árbitro nombrado de común acuerdo por las partes en el Acta de 11 de enero de 2011 de la Comisión reducida de la Comisión Negociadora del II Convenio Colectivo de los Controladores de la Circulación Aérea, recogida en la Resolución de la Dirección General de Trabajo del Ministerio de Trabajo e Inmigración publicada en el BOE el 26 de enero pasado, dicta el siguiente

LAUDO ARBITRAL

En el conflicto derivado de las discrepancias surgidas entre las partes durante la negociación del II Convenio Colectivo Profesional de los Controladores de Tránsito Aéreo en AENA.

Han sido partes, de un lado, la Entidad Pública Empresarial AEROPUERTOS Y NAVEGACIÓN AÉREA (AENA) representada por su Presidente Director General, D. Juan Ignacio Lema Devesa y, de otro lado, la UNIÓN SINDICAL DE CONTROLADORES AÉREOS (USCA) representada por su Presidente D. Camilo Cela Elizagarate.

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.

El presente procedimiento arbitral tiene su origen en el Acuerdo del procedimiento negociador y de compromiso arbitral suscrito por las representaciones de AENA y USCA el 29 de diciembre de 2010. Es, por tanto, un compromiso de su proceso de negociación, fruto de aplicar la voluntad de autorregulación de conflictos  contemplado en el Acuerdo Decimoséptimo del I Convenio Colectivo Profesional que señalaba que “ambas partes manifiestan su voluntad de establecer normas de autorregulación de los conflictos que, sin menoscabar el derecho legítimo a la defensa de los intereses de cada una de ellas, eviten, en la medida de lo posible, el traslado de los daños derivados de un posible conflicto a los usuarios de los Servicios de Tránsito Aéreo”.

La Comisión reducida de la Comisión Negociadora del II Convenio Colectivo Profesional alcanzó con fecha 23 de diciembre de 2010, según Acta que se aportó por las partes, un acuerdo preliminar, ratificado posteriormente por la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo el 29 del mismo mes, sobre el procedimiento negociador, para el que se concedieron un plazo límite hasta el día 31 de enero de 2011. En el punto 4º, las partes reflejan un acuerdo expreso: “No obstante, y en el supuesto de que persistiesen discrepancias en alguna o algunas de las materias objeto de negociación que impidan alcanzar un acuerdo total para la firma del convenio, ambas partes se comprometen en el presente documento a someter las discrepancias existentes a un procedimiento arbitral que acatarán en todos sus términos y que será de obligado cumplimiento para las mismas. Antes del 12 de enero de 2011, ambas partes designarán de común acuerdo el nombre del árbitro o árbitros que resolverán el procedimiento. Con posterioridad, y antes del 31 de enero de 2011, suscribirán el correspondiente compromiso arbitral en el que se incluirán, como mínimo, los siguientes datos: cuestiones concretas sobre las que ha de pronunciarse el laudo arbitral, con especificación de su génesis y desarrollo, de la pretensión y de las razones que la fundamenten, así como el plazo para dictar aquél”. Dicha Acta fue aprobada por los representantes de las partes con fecha 29 de diciembre de 2011. En ella se recogen de forma expresa las materias que serán objeto de arbitraje, siempre que las partes no alcanzaran un acuerdo previo sobre las mismas. A este efecto, se adjuntaban en su Anexo I las materias que, como mínimo, serán objeto de negociación y, en su caso, arbitraje. Debe reseñarse que el listado de materias que se recogen en el citado Anexo I constituye en la práctica el índice completo del contenido del I Convenio Colectivo Profesional.

Segundo.

Con fecha 11 de enero de 2011, en cumplimiento del procedimiento aprobado el 29 de diciembre de 2010, la Comisión reducida de la Comisión Negociadora del II Convenio Colectivo de los controladores de circulación aérea suscribió una nueva Acta en la que ambas partes, de mutuo acuerdo, designaron como árbitro para la resolución del conflicto a Manuel Pimentel Siles.

A dicha Acta se acompañaba un documento denominado “Compromiso Arbitral” en el que se recogían las condiciones del arbitraje. En su punto número 2 se establece que “el arbitraje versará sobre todos los puntos de la negociación respecto de los que no se han alcanzado un acuerdo”. El apartado 3 indica que se trata de un “arbitraje de equidad”. El punto 4 recuerda que “el procedimiento arbitral se ajustará a los principios de imparcialidad, audiencia, sea ésta escrita o presencial, contradicción e igualdad de las partes”. El apartado 7 establece, por último, que “con preceptiva audiencia previa de cada una de las partes, el árbitro dictará el correspondiente laudo antes del 28 de febrero de 2011”. Expresamente decidieron que la inactividad de alguna de las partes en cualquier momento del arbitraje no interrumpiría su tramitación, ni impediría que se dictase el Laudo, ni le privaría de eficacia. Con fecha 26 de enero de 2011, el B.O.E. publicó la Resolución de 21 de enero de 2011 de la Dirección General de Trabajo por la que se registraba y publicaba el texto del compromiso arbitral alcanzado por las partes y del nombramiento del árbitro.

Tercero.

Agotado el 31 de enero pasado el periodo que se habían concedido, las partes comunicaron a este árbitro la finalización sin acuerdo de sus negociaciones. Con fecha 1 de febrero, el árbitro convocó a los representantes de USCA y de AENA a una reunión conjunta  en la sede de la Dirección General de Trabajo del Ministerio de Trabajo e Inmigración, en la que aceptó su nombramiento como árbitro ante las partes  y formuló su compromiso de cumplir las funciones encomendadas por el compromiso arbitral citado en el punto anterior, según escrito de aceptación firmado por todas las partes con acuse de recibo. En dicha reunión, a fin de iniciar el trámite de audiencia, las partes le plantearon sucintamente el estado de la situación, al tiempo que se establecía un plan de trabajo.

Cuarto.

En la mañana del 2 de febrero se mantuvo en la misma sede una nueva reunión con ambas partes, en el curso de la cual se realizó un pormenorizado repaso, en toda su extensión, del contenido del I Convenio Colectivo y se dejó cumplida constancia por cada una de las representaciones  de los extremos del Convenio acordados en las negociaciones mantenidas y de aquellos otros en que persistían discrepancias. Las partes entregaron al árbitro las actas de los acuerdos alcanzados por las partes antes del 31 de enero (Seguridad y Salud Laboral, Excedencias laborales derivadas de la liberalización de torres, texto de lo establecido en el artículo 28 del ICCP sobre “opción ante un despido”, etc.), acotándose así las materias que serían objeto del presente laudo. Asimismo, el árbitro solicitó a las partes un esfuerzo de negociación sobre aquellas aspectos en las que las posturas no estaban alejadas, mandatándolas para que avanzaran en las negociaciones de aquellos contenidos del Convenio en que las posiciones de las partes eran más próximas y citándolas para el miércoles 9 de febrero para conocer los resultados de esas negociaciones entre partes.

Quinto.

En las mañanas del 9 y del 16 de febrero se convocaron por el árbitro nuevas reuniones para que las partes comunicaran el resultado de dicho mandato, expusieran los acuerdos alcanzados y detallaran las posiciones de las partes en los extremos en que no se hubieran alcanzado acuerdos. Al término de la misma, el árbitro solicitó a las partes que le hicieran llegar por escrito sus propuestas concretas para la solución de todas las materias sometidas al arbitraje en las que no se hubiera constatado el acuerdo, así como las argumentaciones en defensa de las mismas que estimaran convenientes.

Por parte de USCA y de AENA se trasladaron en días siguientes al árbitro sendos documentos articulados sobre su propuesta de II Convenio Colectivo así como otros documentos en que se justificaba y argumentaba sus respectivas posiciones.

Por último, en la tarde del 21 de febrero se mantuvo una nueva reunión conjunta con las partes en la que se pasó revista detallada a su respectivas propuestas en todo lo relativo a los capítulos VI (carrera profesional de los CTA) y capítulo VII (promoción profesional y procedimiento de acceso a los puestos de trabajo) a fin de intentar una aproximación en las posiciones que seguían siendo divergentes. Las partes pudieron explicar sus posturas con tiempo suficiente y punto a punto, lo cual resultó de suma utilidad para que el árbitro pudiera tomar las decisiones correspondientes.

Sexto.

Con independencia de estas reuniones conjuntas, el árbitro ha mantenido numerosos contactos con los representantes de las dos partes para aclarar dudas, escuchar sus argumentos y explorar posibles vías de solución a las discrepancias. Igualmente  ha procedido a examinar con detenimiento y profundidad todos los documentos que las partes le han dirigido a lo largo de este proceso arbitral.

Se han mantenido igualmente, a propuesta de las partes, reuniones con representantes de Organizaciones Internacionales, representativas de los CTA y de los proveedores de servicio de control aéreo a nivel europeo, que han servido para ilustrar al árbitro sobre la regulación y organización de este sector de actividad en los países europeos de nuestro entorno.

Este árbitro, considera pues, que se han cumplido con holgura las exigencias de audiencia, tanto escrita como presencial, contradicción e igualdad entre las partes que le imponía el mandato recogido en el Acta de compromiso arbitral de 11 de enero pasado.

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De los controladores a la ‘ladrillocracia’

Vía YMálaga.com

Ramiro Feijoo

En mi anterior artículo, ‘Controladores, ¿cortina de humo o chivo expiatorio?” (ymalaga.com, 10/1/2011), postulaba que el escándalo de los controladores había sido programado para ocultar el enorme déficit de Aena, fruto de una descabellada política de construcción de aeropuertos. Algunos lectores me instaron entonces a investigar sobre las causas del disparatado gasto de Aena. Me puse a ello, y estas son mis conclusiones:

Los intereses espurios de tanta inversión ruinosa

Los indicios sobre la conexión entre la dirección de Aena y la empresa privada, con los primeros datos en la mano, resultaban ciertamente preocupantes. Los había a pequeña escala, como el de la directora de Navegación Aérea, Carmen Librero, también consejera de GMV, una de las empresas contratistas de Aena en sistemas de navegación aérea. El más llamativo era, sin embargo, el de su presidente. El historial de Juan Ignacio Lema Devesa es cuanto menos llamativo: ingeniero industrial y economista gallego, desde 1987 fue director general de Infraestructuras de Transporte Aéreo del Ministerio de Transportes, de 1992 a 1996 director del aeropuerto de Barajas y de 1998 al 2000 director de Aena.

En 2001 empieza lo interesante. Hasta donde sabemos, Lema Devesa pasa por primera vez a la empresa privada de la mano de ARTEL Ingenieros S. L.. Más tarde será nombrado consejero de UDRA Industrial, compañías que en años sucesivos serán absorbidas por el grupo San José, en el cual llegará a ocupar altos cargos directivos. En diciembre de 2008 deja ARTEL y, cinco meses después, en abril de 2009, vuelve a la empresa pública al ser nombrado presidente de Aena (ver BOE 25/4/2009).

Incomprensiblemente, no deja la consejería de San José hasta noviembre del mismo año (ver BORME 19/11/2009), hecho que presuntamente viola la ley de Incompatibilidades del Sector Público.

Del resto de su historial probablemente será difícil probar ilegalidad alguna. Sin embargo, un simple estudio de la página web del grupo y de sus informes anuales entre 2002 y 2009, dicen mucho, pues deparan los siguientes resultados en cuanto a la relación del grupo San José con Aena:

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El controlador enmascarado

Mi querido Presidente,
admirado Señor Lema,
discúlpeme si esta carta
su ritmo cardíaco altera
pues que va a su corazón
directa como una flecha.

De las que lanza Cupido,
es mi deseo ella fuera.

De amores pretendo hablarle;
sé bien que esas menudencias
son para quienes vivimos
apegados a la tierra,
mientras a los que Olimpo
del Poder y la Riqueza
habitan a mayor gloria
de los siervos de la gleba
que por razones del cargo
aplastan y pisotean,
sólo importa lo que engorde
sus nada corrientes cuentas. Continue reading »

Psicoterror contra los controladores aéreos

Autor: César J. Martínez Feijoo

Índice:

Introducción
1. Y todo comenzó…
2. Y los efectos perniciosos sobre la víctima (controladores)
3. Y con qué objetivo
4. Y las técnicas de los psicoterroristas
5. Y qué hay en la mente enferma de los que acosan
6. Y cuáles son las fases del psicoterror, acoso laboral o mobbing
7. Y ahora una curiosidad sobre el acoso individual
8. Y cómo debemos actuar
9. Referencias

Nota aclaratoria: Utilizo los términos “psicoterror” (creo que el término es de Iñaki Piñuel Zabala, ver referencias al final), “mobbing” y “acoso” como sinónimos.

Introducción

¿Estás harto de tener que justificar tu vida laboral ante los demás? ¿Estás harto de tener que dar explicaciones sobre lo que ganas o dejas de ganar? ¿Estás harto de la incomprensión generalizada hacia tu situación actual? ¿La situación que estás sufriendo te ha afectado a tu vida social y familiar?. Seguro que sí a todo. Lo malo es que esa incomprensión no sólo está instalada en una chusma borreguil ajena y distante, sino que está muy, pero que muy cerca de ti, en gente que se supone que tendría que apoyarte en estas circunstancias tan difíciles y no lo hace. Pero es aún peor, no sólo no te comprenden ni te apoyan, sino que se alegran de lo que te ha pasado porque te lo merecías… “es que ganas mucho”.

¿Te imaginas que el psicoterror que estás sufriendo como parte del colectivo de
controladores aéreos lo estuvieras sufriendo en solitario e individualmente hacia tu persona y no lo compartieras con el resto de tus compañeros? ¿Te imaginas la sensación de soledad, frustración e incomprensión que sentirías?

Pues puedes imaginártelo, aunque seguro que no puedes llegar a interiorizarlo lo suficiente, porque semejante circunstancia sólo se puede sentir si se sufre en propias carnes.

En el ámbito laboral el mobbing señala el continuo y deliberado maltrato verbal y modal que recibe un trabajador por parte de otro u otros que se comportan con él cruelmente, con vistas a lograr su aniquilación o destrucción psicológica y a obtener su salida de la organización a través de diferentes modalidades. El mobbing es un proceso de destrucción; se compone de una serie de actuaciones hostiles, que, tomadas de forma aislada, podrían parecer anodinas, pero cuya repetición constante tiene efectos perniciosos.

Esta definición sólo se puede aplicar parcialmente a la situación que estamos
sufriendo actualmente los controladores aéreos en España, porque el concepto de “mobbing” se refiere a un objetivo individual, no colectivo como en nuestro caso. Pero lo interesante es que el mobbing (individual) tiene tantos paralelismos con nuestro caso que hace muy interesante conocer el fenómeno y sacar conclusiones provechosas para nosotros como colectivo.

El psicoterror laboral no es un problema tan solo de los individuos que lo padecen o de los acosadores que lo desencadenan, sino que es un indicador y un síntoma de que las cosas no marchan bien en la organización. De ahí que nos refiramos a aquellas organizaciones en las que se produce el mobbing como “tóxicas”, debido a que trabajar en ellas resulta nocivo para la salud de muchos de sus trabajadores. Asumir que en una organización es normal o hasta deseable que se produzca el mobbing es un razonamiento patológico, que va en sentido contrario de cuanto establecen el sentido común y la ética.

Para señalar la existencia de riesgo laboral baste señalar cómo diferentes
investigaciones llevadas a cabo sobre mobbing estiman que uno de cada cinco suicidios tiene como causa primaria una situación actual de acoso moral en el trabajo de la víctima, o bien las secuelas de un acoso en el pasado que ha terminado por destruir la psicología de la víctima.

Una forma de pensar típica de las personas que no conocen el problema del
mobbing o acoso psicológico en el trabajo es la tendencia a pensar, de manera errónea, que este problema le sucede habitualmente a los trabajadores mediocres, a los incumplidores, a los que meten la pata. De este modo atribuyen la culpabilidad a aquellos que padecen el mobbing pensando que “algo habrán hecho”. Este tipo de error atribucional, ampliamente conocido en psicología, consiste en cargar la responsabilidad sobre las víctimas. Suele ser frecuente que hasta la misma pareja o cónyuge de la víctima incurra en él. Con ello rematan en el hogar la faena que los hostigadores laborales inician en el trabajo. Se puede decir que las víctimas que “han hecho algo” por lo general son trabajadores que destacan, con habilidades sociales y que no se han dejado manipular, no han seguido la corriente mayoritaria, son solidarios con los problemas de sus compañeros, o simplemente tienen una vida personal satisfactoria que provoca la envidia de los demás.

Es decir, son personas válidas, capaces, bien valoradas y creativas. Muchos trabajadores afectados presentan asimismo un exceso de ingenuidad o buena fe que les impide hacer frente desde el principio a quienes les intentan perjudicar.

La unanimidad persecutoria es una de las derivaciones finales más frecuentes. Ese ”todos contra uno” acredita la existencia de una reacción de violencia colectiva propia de los linchamientos. Es justamente esa unanimidad la que acredita el mobbing. Continue reading »

Carta abierta a D. Juan Ignacio Lema Devesa

Vía Aviación Digital

Estimado Sr. Lema: Yo no le conozco. Pero sé que dirige Aena, lo cual debe ser una difícil empresa.

Por ello me merece el máximo respeto. Le pido que acepte mi atrevimiento de dirigirme directamente a usted como Presidente de nuestra empresa y persona cercana al Ministro de Fomento. Usted a mí tampoco me conoce.

Mi nombre es S. Soy controlador de tráfico aéreo. Llevo unos trece años en la profesión. Comencé en la torre de San Sebastián y actualmente trabajo en el Área Terminal de Madrid. Ignoro cuánto sabe usted de nuestra situación actual. Es posible que algunas cosas que debería saber se pierdan en la cadena de comunicación. Por ello le ruego que lea esta carta hasta el final. Creo que su contenido es importante para usted y para Aena. Considero que hay muchas cuestiones de la gestión de la empresa que podrían mejorar, sobre todo cuando se nos ha acusado a los controladores de ser los principales malhechores en la triste situación económica de Aena, cosa de la cual discrepo. Continue reading »

Copia del Burofax remitido a los Sres. Blanco, Lema y Novelles

Estimados Sres. Blanco, Lema y Novelles,

Como controladores aéreos del centro de control de Torrejón nos sentimos en la obligación de advertirle de dos modificaciones derivadas de la aplicación del RD1/2010 que afectan a la seguridad del tráfico aéreo:

1.- Como consecuencia de la aplicación del artículo 3.3 del RD 1/2010 sobre tiempo de actividad y descanso de los controladores civiles del tránsito aéreo se ha reducido el tiempo de descanso diurno del 33% al 25%. En el Centro de Control de Torrejón esto ha supuesto que, en vez de asignar 3 controladores por cada sector, se asignen 8 controladores para 3 sectores.

A día de hoy las consecuencias son:

En primer lugar, se está incrementando el número de relevos, cuando se sabe que es un momento crítico en la seguridad. En 2008, p ej, la CEANITA estudió 5 incidentes en los que se resalta la importancia de este momento en que el controlador ha de tomar conciencia situacional.

Por otro lado, los controladores rotan por 3 sectores, en vez de estar centrados en los procedimientos e información relativos a un solo sector. Esto implica una carga adicional tanto en la concentración como en la cantidad de información a manejar (deltas activas, NOTAMs publicados, turbulencias,…).

Por último, toda esta reorganización se ha aplicado sin estudiar en qué grupos de sectores es más conveniente rotar. Se están produciendo incidentes porque después de trabajar en un sector cuyo volumen de responsabilidad corresponde a niveles de vuelo bajos se pasa a trabajar con un volumen responsable de niveles altos, con el consecuente peligro de que la inercia lleve al error de autorizar descensos fuera del volumen propio. Se podría resolver estudiando los sectores óptimos desde el punto de vista de la seguridad.

2.- En la Disposición transitoria primera del RD 1/2010 se faculta a AENA para “cambiar la jornada por necesidades del servicio o por la variación de los horarios operativos de la dependencia, así como modificar la hora de entrada de un turno en un centro de trabajo, …”.

En aplicación de dicha disposición, en el centro de control de Torrejón se ha previsto modificar la hora de entrada para el mes de abril. El único fin verosímil de este cambio de horario sería mejorar la “sostenibilidad económica”, pero nos gustaría que se tuvieran en cuenta las implicaciones en seguridad, uno de los objetivos declarados de este RD, que suponemos (sólo suponemos) que prima sobre los otros.

Actualmente, el servicio de mañana se realiza de 0800 a 1500, el de tarde de 1500 a 2200, y el de noche de 2200 a 0800. Un controlador que trabaje de tarde y al día siguiente de mañana tiene aseguradas 8 horas de sueño. Con el nuevo horario la mañana abarca de 0700 a 1500, la tarde de 1500 a 2300 y la noche de 2300 a 0700.

Esto supone que un controlador que tenga programada una mañana después de una tarde, dependiendo de la distancia de su domicilio, podrá dormir unas 6 horas. Creemos que no tenemos que explicar que la fatiga y la falta de sueño son unos elementos clave en la seguridad. A esta falta de sueño hay que añadir la que acumulemos por los turnos de noche que se nos asignen y las horas extras obligatorias que se nos programen.

Existen diversos estudios que concluyen en la conveniencia de que el turno de noche sea más largo para que haya más horas de descanso entre el turno de tarde y mañana. Un ejemplo de estos estudios es el de la Organización Internacional del Trabajo sobre Control Aéreo en el que se recomienda el sistema utilizado en Italia ( y Torrejón hasta ahora ) de noches de 10 horas y mañanas o tardes de 7 horas.

Este cambio de horario no se va a realizar por “necesidades de servicio” como se establece en el RD, sino con el objetivo de que cada noche se nombre un número inferior de controladores y reducir costes.

Los responsables de esta decisión responderán judicialmente, como ha ocurrido en el caso de Skyguide en Suiza, si se produce algún resultado no deseado por nadie, consecuencia de primar el aspecto económico sobre el de seguridad.

Por todo ello, le ruego que, hasta que se realice un estudio adecuado de seguridad, la prudencia les lleve a restablecer el sistema previo de asignación de sectores y no se modifiquen los horarios actuales, dado que además no existe una “extraordinaria y urgente necesidad”

Atentamente, Continue reading »

UGT y CC.OO. temen que el decreto se extienda a otros colectivos

Vía Europa Press

MADRID, 6 Feb. (EUROPA PRESS)

UGT y CC.OO. indicaron este viernes su preocupación por que el Real Decreto ley aprobado por el Ejecutivo en el Consejo de Ministros, que transfiere a Fomento la organización del trabajo de los controladores aéreos, pueda “sentar un precedente” y se extienda a otros colectivos dependientes también de un ente público, como Renfe.

En declaraciones a Europa Press, un portavoz de UGT calificó el decreto de “completa vulneración” al convenio colectivo de los controladores y avanzó que el sindicato liderado por Cándido Méndez planea acciones legales para recurrir dicha medida.

“A partir de ahora cualquier trabajador puede ver que su convenio con la Administración se rompe por decreto”, se resignó.

Así, desde UGT lamentaron la “improvisación” del titular de Fomento, José Blanco, y del presidente de AENA, Juan Ignacio Lema, a quienes acusaron de “pensar sólo” en subrogar los contratos de los controladores. “Ya no nos fiamos de ellos”, aseguró.

De cara a la reunión que mantendrán los sindicatos con Fomento el próximo 24 febrero, las mismas fuentes recalcaron su desconfianza hacia el Ejecutivo: “¿si no les gusta lo que negociamos volverán a recurrir a un decretazo?”, se preguntaron. Continue reading »