¡El desastre que se avecina!

Vía Aviación Digital

Simón Antonio Rance Hayes(ATC)

Como todo quisque ya conoce, en fechas recientes Eurocontrol ha publicado su informe anual sobre las prestaciones del sistema de navegación aerea europeo correspondiente al año 2010 conocido como PRR, Performance Review Report. Y como todo quisque ya esperaba, Aena no ha tardado en arrimar el ascua a su sardina para echarle las culpas a los de siempre de lo malo.

El lector ya sabe a quién. Para ponerse medallas que, en realidad, sabe que no le corresponden en el caso de lo bueno, suponiendo que haya algo bueno. O bien, para interpretar la realidad a su antojo. Que es lo que mejor sabe hacer. Pero a estas alturas ya estamos curados de espanto. Y hasta nos hace gracia porque ya raya en el ridículo.

De entre los datos malos malísimos destacan los 47 incidentes de “tipo A” (cuasi colisión, para los no entendidos) y los 95 incidentes de “tipo B” (seguridad no garantizada, para los mismos) que han tenido lugar en nuestro cielo a lo largo de 2010. Un alarmante incremento en comparación con el año 2009, a pesar de los triunfantes datos aportados por el Sr. Lema en una reciente comparecencia.

¿A qué se deben tan nefastos y alarmantes datos? La pregunta es retórica, por supuesto. Porque como también todos saben -salvo que se viva en Marte-, el 5 de febrero de 2010 fue publicado el famoso “decretazo”. Ese que echaba por tierra los logros conseguidos durante años en nuestra negociación con la empresa y el mismo que nos convertía en trabajadores privilegiados a decir del privilegiado ministro que nunca ha trabajado. Ese decreto que se cargaba de un plumazo el futuro de la navegación aérea en España -como ya se está comprobando-. Ese que “devolvía” la gestión operativa a Aena -esa que es esencial para conseguir la necesaria fluidez y seguridad-, “quitándosela” a los controladores y cediéndosela a los burócratas de Aena, la mayoría de ellos controladores aéreos renegados -como si vigilar estrechamente las meteduras de pata de estos últimos y exigirles que hicieran bien el trabajo para el que no estaban ni están preparados fuera plato de gusto-. A la vista está lo que pasa cuando les dejamos a ellos solitos. Continue reading »

Intervención de D. Camilo Cela, presidente de la Unión Sindical de Controladores Aéreos (USCA) ante el Parlamento Europeo

Vía Aviación Digital

Buenas tardes,

En nombre del colectivo de controladores aéreos españoles al que el Sindicato USCA que presido representa mayoritariamente quiero dar las gracias por permitirme intervenir en este foro al que queremos hacer conocedor de los incumplimientos en que ha incurrido el Gobierno Español en relación a este colectivo.

El día 5 de febrero de 2010, después de que la Entidad Pública Empresarial que gestiona los Aeropuertos en España (AENA) anunciara la ruptura unilateral de las negociaciones mantenidas con los controladores aéreos para la consecución de un nuevo convenio colectivo, el Gobierno de España a propuesta del Ministerio de Fomento dictó el “Real Decreto-Ley 1/2010, de 5 de febrero, por el que se regulaba la prestación de servicios de tránsito aéreo, se establecían las obligaciones de los proveedores civiles de dichos servicios y se fijan determinadas condiciones laborales para los controladores civiles de tránsito aéreo”, posteriormente derogado y sustituido por la “Ley 9/2010, de 14 de abril.

En síntesis (esto ya han quedado suficientemente expuesto en los escritos previos que obran en poder de esta comisión), estas normas han venido a modificar unilateralmente y de forma sustancial el contenido de muchas de las condiciones laborales de los controladores aéreos acordadas previamente en el convenio colectivo, eliminando determinados derechos pactados en el mismo.

No satisfechos con estas profundas modificaciones legales, el Gobierno de España ha dictado en los últimos meses nada menos que 27 disposiciones legales mediante las cuales ha perseverado en su empeño de transformar, a golpe de disposición legal, el marco de nuestras condiciones laborales.

Junto a esta enorme actividad legislativa, inaudita en relación a un colectivo de trabajadores de sólo 2.000 personas, AENA ha dictado innumerables circulares y notas internas “aplicando” de forma leonina (o reinterpretando en los más de los casos) a sus trabajadores, el nuevo marco legal.

La reciente aprobación (en 09.03.2011) de un Laudo Arbitral estableciendo el nuevo marco de las condiciones laborales de los controladores aéreos no ha venido a solucionar la situación que acabamos de describir pues la aplicación, interpretación y ejecución de ese Laudo por parte del Gobierno España (a través de AENA) dista mucho de la consecución de la paz social que, en un sector tan estratégico y profesionalmente sensible como en el que nos hallamos, sería deseable ya que, lejos de cumplir con él, el número de incumplimientos por parte de AENA es incontable.

Las consecuencias últimas de todo este proceso, se ha traducido, además de en los incumplimientos legales ya extensamente expuestos en los escritos que forman parte del presente procedimiento, en una situación de inseguridad en el desempeño del trabajo por parte de los controladores aéreos que repercute negativamente en la seguridad de todos los ciudadanos usuarios de los servicios de tránsito aéreo.

De esta situación de inseguridad es la que yo, como representante del colectivo de controladores aéreos españoles afectados por la situación, vengo a poner en su conocimiento con el deseo de que se tomen las medidas pertinentes por parte de quien corresponda.

Una de las modificaciones legales a las que antes nos hemos referido y que más profundamente han calado en el desempeño de la profesión de controlador aéreo en España es la relativa al cambio operado en relación a la alteración de la jornada máxima anual, la reducción de los descansos que forman parte del tiempo de trabajo efectivo y la ordenación o distribución de los turnos de trabajo: hemos de recordar que nuestra profesión se desarrolla bajo la modalidad de turnos rotativos a fin de garantizar el servicio de control a lo largo de las 24 horas del día.

A estas modificaciones legales hay que añadir toda la batería de modificaciones operativas; esto es, relativas a la gestión que de la actividad del control aéreo en sí misma, impuesta por AENA también en estos últimos meses.

Todas estas modificaciones se han amparado formalmente por parte del Gobierno de España bajo la necesidad de racionalizar los costes del servicio aéreo, si bien, se ha demostrado con el tiempo (y ahora se está haciendo evidente incluso para la opinión pública según se publica en los medios de comunicación masivos) que tales medidas no buscaban sino remediar un mal endémico de la profesión, provocado por la mala gestión empresarial que de la misma se ha hecho, cual es, simple y llanamente, la falta de efectivos humanos, esto es, de controladores, que puedan cubrir las necesidades reales del tráfico aéreo actual.

Pues bien, conjugadas las modificaciones producidas en relación a nuestros tiempos y jornadas de trabajo con la presión ejercida sobre nosotros por la Empresa Pública Empresarial para la que trabajamos para suplir la insustituible carencia de trabajadores llegamos a situaciones tan graves como:

.- el hecho de que un controlador aéreo, insistimos, sujeto a trabajo a turnos incluyendo los nocturnos, haya desempeñado su trabajo, en un periodo de 65 días seguidos, con sólo 2 de descanso y 29 ininterrumpidos. Es decir, trabajó 63 de 65 días, con noches incluidas.

.- el hecho de que la Empresa pretende que en determinadas Torres de Control preste servicios un único controlador aéreo, por lo que no cuenta con un suplente o sustituto caso de sufrir algún tipo de percance o situación de necesidad

.- el hecho de que la Empresa pretende que un solo controlador atienda a la vez, simultáneamente, más de una posición o función de control: por ejemplo, que una sola persona atienda las funciones de control de ruta junto con las de aproximación (esta práctica es la que propició el accidente del lago Costanza en 2002 en el que murieron 71 personas).

.- el hecho de que un controlador aéreo español puede ser llamado a trabajar en sus días de descanso o libres, debiendo inexcusablemente acudir a esa llamada so pena de ser objeto de constantes expedientes disciplinarios o, incluso, sanciones administrativas de carácter económico de varios cientos de miles de euros.

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Documentos internos de AENA reconocen falta de controladores en los aeropuertos

Vía ABC

«Podemos hacer todos los ejercicios imaginativos que queráis, pero se nos va a acabar viendo el plumero», admite el director de operaciones«Las medidas que se pueden tomar para corregir los retrasos son limitadas y ya están adoptadas», confiesa

BERNARDO SAGASTUME / LAS PALMAS DE GRAN CANARIA
Día 31/05/2011

A las torres de los aeropuertos españoles les hace falta más personal. ¿Lo dicen los controladores? No, lo dice la propia AENA, que poco antes de la reunión del Consejo Provisional de Eurocontrol celebrado los pasados 11 y 12 de mayo mostraba su preocupación por las dificultades para preparar una respuesta convincente a las dudas planteadas por el organismo europeo, que se centraban en la capacidad operativa de las terminales españolas.

«Podemos hacer todos los ejercicios imaginativos que queráis, pero si no se quiere transmitir la realidad, que es que faltan controladores (…) se nos va a acabar viendo el plumero», decía con sinceridad brutal, en una comunicación interna del 29 de abril pasado, Gabriel Novelles, director de Operaciones de AENA. Su respuesta, a la que ha tenido acceso ABC, se expresaba con inusual contundencia —«puedo decirlo más alto, pero no más claro»—, ante la pregunta formulada por Mariluz de Mateo, responsable de Estrategia y Planificación del gestor aeroportuario por las posibles medidas de mitigación específicas «que se van a tomar a corto plazo», según requería Eurocontrol.

La nota de posición de España para la reunión del organismo que vela por el espacio único europeo —y que ha puesto a dos aeropuertos españoles, Tenerife Sur y Gran Canaria, como líderes en materia de retrasos— busca encontrar salida a la falta de operatividad de AENA. Pero se topa con la realidad que desnuda Novelles que, conocedor del día a día de las jornadas laborales en las torres, reconoce que «las medidas operativas que se pueden tomar a corto plazo son limitadas y ya están adoptadas». Procede entonces a una enumeración donde detalla la reducción en supervisores, en número de sectores abiertos de noche y el acortamiento de los plazos de instrucción, así como las medidas de flexibilización del espacio aéreo. En el caso de Madrid, la dotación de noches «ya es de por sí la mínima que se podría dotar con un modo de operación unipersonal».

Tras la grave crisis vivida a finales del año pasado, con el cierre del espacio aéreo español durante casi un día entero durante el puente de la Constitución y la declaración del estado de alarma para permitir movilizar a los militares, se llegó a un laudo arbitral en febrero que regula las condiciones de trabajo hasta 2013.
Crecen los retrasos

Pese a que el ministro de Fomento, José Blanco, aseguró el miércoles pasado que la puntualidad de los vuelos en los aeropuertos españoles ha mejorado, lo cierto es que las propias estadísticas de AENA desvelan números nada halagüeños. Solo en el espacio aéreo de Canarias, el de mayor superficie de Europa y sobre el que pasa buena parte de los vuelos trasatlánticos, los retrasos alcanzaron en marzo un crecimiento del 295%, mientras que en abril, último mes medido, llegaron a casi sextuplicarse, con un 480% por encima de 2010.

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La estupenda gestión Operativa y de Seguridad de Aena (Reducción de personal, …)

Vía Aviación Digital

Madrid 1 de mayo

Reducción de personal, consecuente cierre de sectores de control. Cierre inexcusable de la pista 18R de Barajas a las 23:00 L por razones medioambientales. Meteorología muy adversa. Elevada afluencia de tráfico, que llega en imparables oleadas. Y, como viene siendo ya demasiado habitual, inexistente planificación de la afluencia de tráfico para circunstancias tan complejas.

Resultado: congestión en las comunicaciones y también de tráfico por las esperas en vuelo -que llegan hasta cerca de los 40 minutos y hasta FL 300-, dificultad para seguir las instrucciones del ATC a causa de las numerosas tormentas, desvios al aeropuerto alternativo por agotarse el combustible, sobrecarga de trabajo de tripulaciones y de controladores aéreos, presión de las tripulaciones e insistente exigencia de los controladores para la apertura de la pista 18R y para establecer “rate cero” nacional destino Barajas para evitar una catástrofe (que se consiguen finalmente a las 23:45 L).

Resulta evidente la inseguridad de vuelo que genera una situación como la descrita. ¿Le importa esto a alguien, salvo a los controladores aéreos y a las tripulaciones?

Y luego, presumiendo de mágicas medidas de ahorro de fuel y de reducción de CO2, o poniéndose medallas por la mejora de las cuentas por los sueldos de los controladores. Y hasta satisfechos de haber “recuperado” la gestión operacional y el control. ¿Para esto?

¿Y qué hacían mientras tanto los gestores? Pues, posiblemente, jugar al “Aeropuerto de Playmobil” o a la “Gestión de la señorita Pepis”? ¿A qué otra cosa si no mientras disfrutan del cargo que les proporcionó un agonizante modelo y se preparan para un más que seguro ostracismo profesional? Al menos, así es como debería ser.

Los pasajeros que vuelan en España no saben -ni quieren saber- qué controladores aéreos tenemos. Menos se preocupan aún de la incompetencia de los gestores, que desatienden sus responsabilidades en relación con su seguridad.

Algún día, esos pasajeros y la sociedad podrían lamentarlo. Posiblemente lo harán. Y ya será tarde. Demasiado tarde. Demasiados indicadores en una misma dirección.

Esta es la fabulosa gestión de Aena, Fomento, DGAC y AESA en esta nueva etapa “liberalizadora”.

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Carta abierta a Manuel Pimentel

Vía Aviación Digital

Sr. Pimentel,

Soy Controlador de Tráfico Aéreo y trabajo para AENA. Pensaba escribir esta carta con intención de agradecerle su trabajo que, dada la premura de tiempo y el estado de desquiciamiento en que estaban las cosas. Seguro que no fue fácil ni grato. O igual si que lo fue. Porque si uno se pone a rebuscar entre los correos que nos llegaban el año pasado con las “ofertas” que AENA nos hacía… la verdad es que hay muy pocas diferencias entre aquellas propuestas de AENA y este Laudo (supuestamente neutral) que Ud. ha tenido a bien firmar de su puño y letra.

¿ De verdad se ha leído Ud. alguno de los convenios de – parafraseando al Ministro- los países de nuestro entorno? ¿ De verdad se ha molestado en investigar el por qué del hecho de que un CCA no deba estar en activo más allá de lo que su capacidad le permita? Le recuerdo que en una sola hora de trabajo un CCA en un Centro de Control puede ser responsable de varios miles de vidas. ¿ De verdad se cree Ud. que esos cursos de formación de 22 semanas -al módico precio de 45.000 euritos- pueden formar a un controlador para que asuma la responsabilidad sobre esas vidas? ¿ Sabe Ud. que AESA ni siquiera fue consultada sobre la viabilidad o no del nuevo proceso de formación de controladores?

Y ahora sale a la luz la noticia sobre el hecho de que el Consejo Regulador de la Denominación de Origen que Ud. preside,ha sido homologado para poner el rótulo de “fino” a sus vinos, cosa que antes no podían hacer. No me gustaría ser malpensado pero…No, me niego a pensar que haya tenido nada que ver una cosa con la otra. Ha debido ser una mera coincidencia. Seguro que no ha recibido Ud. presiones de ningún tipo por parte de nadie. Y esos casi 200.000 euros que, parece ser, han sido su salario por este mes de trabajo exhaustivo, seguro que están más que justificados. Pero, al menos, debería haber aportado algo de su propia cosecha. Aunque sólo hubiera sido mover de sitio una coma o un punto. Pero no, su laudo ha sido un “copia y pega” de lo que le han puesto por delante, y no ha tenido Ud. la honradez de denunciarlo ni de negarse a tal atropello. Por todo ello le hago responsable, por complicidad, de todas las tropelías que AENA pueda ahora hacer con los controladores. Confieso que esperaba un poco de neutralidad.

Un controlador que, desgraciadamente, no puede firmar su carta en previsión de males mayores.

Golpe de estado social

Vía Aviación Digital

Los controladores aéreos son un perfecto chivo expiatorio

Blog QUILOMBO/Samuel

Siempre creí que si alguna vez el ejército español, cuya misión es “garantizar la soberanía e independencia de España, defender su integridad territorial y el ordenamiento constitucional” (artículo 8 de la Constitución), se desplegaba dentro del territorio del Estado, sería para defender su sacrosanta unidad territorial. (Blog QUILOMBO)

Pero mira por dónde resulta que el gobierno socialista militariza el espacio aéreo y decreta el estado de alarma, por primera vez desde la aprobación de la ley que la regula, con el objetivo de reprimir una contestación laboral. Con la inestimable ayuda de los medios de comunicación, por supuesto.

Previamente, el gobierno había aprobado un nuevo ajuste que incluye la privatización parcial de Aena y la eliminación del subsidio de 426 euros para los parados de larga duración que han perdido la prestación por desempleo. A lo cual se unió, después de que los controladores superaran el número de horas de trabajo permitidas, una regulación por decreto “que hace desaparecer vacaciones, bajas, permisos, reducciones de jornada por maternidad, etc.” para ampliar aún más las horas de trabajo impuestas por anteriores decretos.

La elección del viernes 4 de diciembre para publicar el decretazo, justo antes del puente de la Constitución y del período navideño, no es fortuita. Detrás hay un pulso del ministro de fomento José Blanco a los controladores, cuya plantilla se ha negado a ampliar a la espera de la privatización completa.

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El porqué de las horas extra y altos salarios de los controladores

Vía Aviación Digital

Estimado Sr:

En defensa de ministros, directores generales, presidentes de Aena y Directores de Navegación Aérea, tanto del PP como del PSOE, que negociaron y ratificaron los diferentes convenios y acuerdos con los controladores aéreos, debo decir lo siguiente:

1º)No son tan incompetentes como el Sr. Ministro Blanco ha hecho creer.

2º)Nunca actuaron bajo coacción de USCA como el Sr.Ministro Blanco ha hecho creer.

Al contrario, firmaron con USCA unos acuerdos y convenios que beneficiaron especialmente a nuestra Hacienda Pública y por tanto a España. Puesto que el Estado no pagaba los salarios, para la Hacienda Pública era mucho más beneficioso tener un número reducido de controladores con un alto sueldo a base de horas extraordinarias que el doble de controladores con una jornada más reducida haciendo horas ordinarias.

Todo tiene que ver con el IRPF. No es lo mismo ingresar un 45% de la cantidad total pagada a dos mil controladores, que el 20% de esa misma cantidad pagada a cuatro mil controladores. Hacienda ingresaba más del doble.

Para mejor entender lo que le estoy relatando debo decirle lo siguiente:

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Astac logra en España la primera licencia para formar controladores

Vía Cinco Días

Astac, la mayor empresa mundial de formación de controladores, es el primer centro reconocido en España para suministrar personal con licencia de la UE a las 13 torres de control en fase de privatización. El grupo privado británico ha formado ya 70 profesionales españoles y mantiene contactos con las seis empresas que acudirán a los concursos de licitación.

Maruxa Ruiz del Árbol / Antonio Ruiz del Árbol – Londres / Madrid – 05/03/2011

La primera empresa certificada en España para dar formación a los nuevos controladores aéreos, según las exigencias fijadas en 2010 por el Ministerio de Fomento y la Unión Europea, no es Senasa (la entidad pública que ha habilitado a los 2.400 profesionales de control aéreo civil adscritos a AENA), sino Astac.

Después de superar un exigente proceso de homologación de tres meses ante la Agencia Española de Seguridad Aérea (AESA), este grupo privado británico se encuentra en disposición de ofrecer en un plazo de semanas hasta 70 nuevos profesionales españoles con la licencia europea de controlador de tránsito aéreo. Continue reading »

Pimentel: los controladores “tenían razón” y debían aclarar su jornada

Vía Europa Press

MADRID, 1 Mar. (EUROPA PRESS)

AENA necesitaba aclarar su gestión

El exministro de Trabajo Manuel Pimentel, que ha sido el árbitro encargado de elaborar el laudo del segundo convenio colectivo de los controladores aéreos de AENA, destacó este martes que estos trabajadores “tenían razón” en que era necesario “clarificar su jornada laboral” ya que era cierto que trabajaban más horas que en Europa aunque cobraran más.

En declaraciones a la cadena COPE recogidas por Europa Press, Pimentel destacó también que el laudo, que fue entregado el lunes a las partes, logró el reconocimiento de “la dignidad de una profesión que exige mucho no sólo psicológicamente”, ya que se trata de una vida dura con muchas responsabilidades.

Por el otro lado, el laudo cumple también la necesidad de AENA de recuperar la gestión del control aéreo. “La empresa va a ganar instrumentos para una gestión eficaz”, aseguró Pimentel, quien agradeció a ambas partes “la confianza” depositada en su persona.

En opinión del árbitro, el laudo es “muy razonable” y dignifica una profesión que ha sido “muy castigada” en su imagen pública por errores que se cometieron “pero también porque la gente se les echó encima”, aclaró.

Pimentel destacó también que el nuevo convenio hace que los controladores sean “solidarios” con el resto de los españoles en el sentido de que, al mismo tiempo que se aumenta la edad de jubilación al conjunto de la población, se aumenta la edad de acceso a la Reserva Activa. Además, la jornada de trabajo “va a acercarse paulatinamente a la media europea”.

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II Convenio Colectivo Profesional

Hoy se ha hecho público el resultado ddel procedimiento arbitral por el que queda establecido el II Convenio Colectivo Profesional entre la Entidad Publica Empresarial Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea (Aena) y el Colectivo de Controladores de Tránsito Aéreo.

Podéis descargarlo en este enlace.

Laudo Arbitral

En Córdoba, a veintisiete de febrero de 2011, MANUEL PIMENTEL SILES, actuando en su calidad de árbitro nombrado de común acuerdo por las partes en el Acta de 11 de enero de 2011 de la Comisión reducida de la Comisión Negociadora del II Convenio Colectivo de los Controladores de la Circulación Aérea, recogida en la Resolución de la Dirección General de Trabajo del Ministerio de Trabajo e Inmigración publicada en el BOE el 26 de enero pasado, dicta el siguiente

LAUDO ARBITRAL

En el conflicto derivado de las discrepancias surgidas entre las partes durante la negociación del II Convenio Colectivo Profesional de los Controladores de Tránsito Aéreo en AENA.

Han sido partes, de un lado, la Entidad Pública Empresarial AEROPUERTOS Y NAVEGACIÓN AÉREA (AENA) representada por su Presidente Director General, D. Juan Ignacio Lema Devesa y, de otro lado, la UNIÓN SINDICAL DE CONTROLADORES AÉREOS (USCA) representada por su Presidente D. Camilo Cela Elizagarate.

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.

El presente procedimiento arbitral tiene su origen en el Acuerdo del procedimiento negociador y de compromiso arbitral suscrito por las representaciones de AENA y USCA el 29 de diciembre de 2010. Es, por tanto, un compromiso de su proceso de negociación, fruto de aplicar la voluntad de autorregulación de conflictos  contemplado en el Acuerdo Decimoséptimo del I Convenio Colectivo Profesional que señalaba que “ambas partes manifiestan su voluntad de establecer normas de autorregulación de los conflictos que, sin menoscabar el derecho legítimo a la defensa de los intereses de cada una de ellas, eviten, en la medida de lo posible, el traslado de los daños derivados de un posible conflicto a los usuarios de los Servicios de Tránsito Aéreo”.

La Comisión reducida de la Comisión Negociadora del II Convenio Colectivo Profesional alcanzó con fecha 23 de diciembre de 2010, según Acta que se aportó por las partes, un acuerdo preliminar, ratificado posteriormente por la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo el 29 del mismo mes, sobre el procedimiento negociador, para el que se concedieron un plazo límite hasta el día 31 de enero de 2011. En el punto 4º, las partes reflejan un acuerdo expreso: “No obstante, y en el supuesto de que persistiesen discrepancias en alguna o algunas de las materias objeto de negociación que impidan alcanzar un acuerdo total para la firma del convenio, ambas partes se comprometen en el presente documento a someter las discrepancias existentes a un procedimiento arbitral que acatarán en todos sus términos y que será de obligado cumplimiento para las mismas. Antes del 12 de enero de 2011, ambas partes designarán de común acuerdo el nombre del árbitro o árbitros que resolverán el procedimiento. Con posterioridad, y antes del 31 de enero de 2011, suscribirán el correspondiente compromiso arbitral en el que se incluirán, como mínimo, los siguientes datos: cuestiones concretas sobre las que ha de pronunciarse el laudo arbitral, con especificación de su génesis y desarrollo, de la pretensión y de las razones que la fundamenten, así como el plazo para dictar aquél”. Dicha Acta fue aprobada por los representantes de las partes con fecha 29 de diciembre de 2011. En ella se recogen de forma expresa las materias que serán objeto de arbitraje, siempre que las partes no alcanzaran un acuerdo previo sobre las mismas. A este efecto, se adjuntaban en su Anexo I las materias que, como mínimo, serán objeto de negociación y, en su caso, arbitraje. Debe reseñarse que el listado de materias que se recogen en el citado Anexo I constituye en la práctica el índice completo del contenido del I Convenio Colectivo Profesional.

Segundo.

Con fecha 11 de enero de 2011, en cumplimiento del procedimiento aprobado el 29 de diciembre de 2010, la Comisión reducida de la Comisión Negociadora del II Convenio Colectivo de los controladores de circulación aérea suscribió una nueva Acta en la que ambas partes, de mutuo acuerdo, designaron como árbitro para la resolución del conflicto a Manuel Pimentel Siles.

A dicha Acta se acompañaba un documento denominado “Compromiso Arbitral” en el que se recogían las condiciones del arbitraje. En su punto número 2 se establece que “el arbitraje versará sobre todos los puntos de la negociación respecto de los que no se han alcanzado un acuerdo”. El apartado 3 indica que se trata de un “arbitraje de equidad”. El punto 4 recuerda que “el procedimiento arbitral se ajustará a los principios de imparcialidad, audiencia, sea ésta escrita o presencial, contradicción e igualdad de las partes”. El apartado 7 establece, por último, que “con preceptiva audiencia previa de cada una de las partes, el árbitro dictará el correspondiente laudo antes del 28 de febrero de 2011”. Expresamente decidieron que la inactividad de alguna de las partes en cualquier momento del arbitraje no interrumpiría su tramitación, ni impediría que se dictase el Laudo, ni le privaría de eficacia. Con fecha 26 de enero de 2011, el B.O.E. publicó la Resolución de 21 de enero de 2011 de la Dirección General de Trabajo por la que se registraba y publicaba el texto del compromiso arbitral alcanzado por las partes y del nombramiento del árbitro.

Tercero.

Agotado el 31 de enero pasado el periodo que se habían concedido, las partes comunicaron a este árbitro la finalización sin acuerdo de sus negociaciones. Con fecha 1 de febrero, el árbitro convocó a los representantes de USCA y de AENA a una reunión conjunta  en la sede de la Dirección General de Trabajo del Ministerio de Trabajo e Inmigración, en la que aceptó su nombramiento como árbitro ante las partes  y formuló su compromiso de cumplir las funciones encomendadas por el compromiso arbitral citado en el punto anterior, según escrito de aceptación firmado por todas las partes con acuse de recibo. En dicha reunión, a fin de iniciar el trámite de audiencia, las partes le plantearon sucintamente el estado de la situación, al tiempo que se establecía un plan de trabajo.

Cuarto.

En la mañana del 2 de febrero se mantuvo en la misma sede una nueva reunión con ambas partes, en el curso de la cual se realizó un pormenorizado repaso, en toda su extensión, del contenido del I Convenio Colectivo y se dejó cumplida constancia por cada una de las representaciones  de los extremos del Convenio acordados en las negociaciones mantenidas y de aquellos otros en que persistían discrepancias. Las partes entregaron al árbitro las actas de los acuerdos alcanzados por las partes antes del 31 de enero (Seguridad y Salud Laboral, Excedencias laborales derivadas de la liberalización de torres, texto de lo establecido en el artículo 28 del ICCP sobre “opción ante un despido”, etc.), acotándose así las materias que serían objeto del presente laudo. Asimismo, el árbitro solicitó a las partes un esfuerzo de negociación sobre aquellas aspectos en las que las posturas no estaban alejadas, mandatándolas para que avanzaran en las negociaciones de aquellos contenidos del Convenio en que las posiciones de las partes eran más próximas y citándolas para el miércoles 9 de febrero para conocer los resultados de esas negociaciones entre partes.

Quinto.

En las mañanas del 9 y del 16 de febrero se convocaron por el árbitro nuevas reuniones para que las partes comunicaran el resultado de dicho mandato, expusieran los acuerdos alcanzados y detallaran las posiciones de las partes en los extremos en que no se hubieran alcanzado acuerdos. Al término de la misma, el árbitro solicitó a las partes que le hicieran llegar por escrito sus propuestas concretas para la solución de todas las materias sometidas al arbitraje en las que no se hubiera constatado el acuerdo, así como las argumentaciones en defensa de las mismas que estimaran convenientes.

Por parte de USCA y de AENA se trasladaron en días siguientes al árbitro sendos documentos articulados sobre su propuesta de II Convenio Colectivo así como otros documentos en que se justificaba y argumentaba sus respectivas posiciones.

Por último, en la tarde del 21 de febrero se mantuvo una nueva reunión conjunta con las partes en la que se pasó revista detallada a su respectivas propuestas en todo lo relativo a los capítulos VI (carrera profesional de los CTA) y capítulo VII (promoción profesional y procedimiento de acceso a los puestos de trabajo) a fin de intentar una aproximación en las posiciones que seguían siendo divergentes. Las partes pudieron explicar sus posturas con tiempo suficiente y punto a punto, lo cual resultó de suma utilidad para que el árbitro pudiera tomar las decisiones correspondientes.

Sexto.

Con independencia de estas reuniones conjuntas, el árbitro ha mantenido numerosos contactos con los representantes de las dos partes para aclarar dudas, escuchar sus argumentos y explorar posibles vías de solución a las discrepancias. Igualmente  ha procedido a examinar con detenimiento y profundidad todos los documentos que las partes le han dirigido a lo largo de este proceso arbitral.

Se han mantenido igualmente, a propuesta de las partes, reuniones con representantes de Organizaciones Internacionales, representativas de los CTA y de los proveedores de servicio de control aéreo a nivel europeo, que han servido para ilustrar al árbitro sobre la regulación y organización de este sector de actividad en los países europeos de nuestro entorno.

Este árbitro, considera pues, que se han cumplido con holgura las exigencias de audiencia, tanto escrita como presencial, contradicción e igualdad entre las partes que le imponía el mandato recogido en el Acta de compromiso arbitral de 11 de enero pasado.

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