Vía El Extradós
Oscar Molina
En España existen, al parecer, trabajadores “privilegiados”.
No estoy muy seguro, pero creo que se designa así a aquéllos cuyo salario está por encima de la media, o en general, tienen en sus convenios colectivos condiciones más ventajosas que las de los trabajadores en general. Por lo que oigo a columnistas, comentaristas y tertulianos, este tipo de trabajadores, los “privilegiados”, no deberían hacer huelgas ni usar los métodos de presión laboral recogidos en nuestra legislación porque, deduzco, esas medidas sólo son aceptables cuando las emplean el resto de los trabajadores, es decir, los “no privilegiados”.
Leo en el diccionario de la RAE que “privilegio” es, en su primera acepción, “Exención de una obligación o ventaja exclusiva o especial que goza alguien por concesión de un superior o por determinada circunstancia propia.” Hay otras, pero no distingo entre ellas nada que pueda equipararse con las condiciones de trabajo de nadie. Por lo tanto, y a pesar de que entiendo que el término se usa mediante su vulgarización o generalización, creo que no existen, desde el punto de vista lingüístico, trabajadores privilegiados. Y opino, que tampoco los hay desde el punto de vista conceptual.
Yo entendería que alguien es “privilegiado” si, por ejemplo, pudiese autoconcederse o conseguir que un órgano superior a él le concediera, cobrar la pensión máxima cotizando menos tiempo que el resto de los trabajadores, como ocurre con los políticos. O si pudiera, por ejemplo, autoconcederse o conseguir que un órgano superior a él le concediera, una subida salarial del 56%, como ha ocurrido recientemente con los ejecutivos de una conocida empresa española.
7.- ¿Y tú qué opinas?